La
presidenta del Bloque PJ – PUL – MID, Zulema Rodriguez Saá, le ha pedido a la
presidencia del Concejo que deje sin efecto a la Sesión Extraordinaria
fijada para el día 27 de abril de 2010, “para evitar cualquier tipo de
consecuencias legales en virtud de no ajustarse dicho llamado a la normativa
vigente”, de acuerdo a lo manifestado por una carta difundida hoy.
En
la misiva, la hermana del Gobernador considera lo siguiente:
"Que el Concejal Sr. Alberto Hipólito
Despouy ha llamado a Sesiones Extraordinarias para el día 27 de abril de 2010,
situación que no se ajusta a lo normado ni por la Carta Orgánica Municipal,
ni tampoco por lo establecido en el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante
de la Ciudad
de San Luis.
La Carta Orgánica
Municipal en su art. 151 sostiene que para la realización de Sesiones
Extraordinarias deberá ser convocada por el Intendente, por el Presidente
del Concejo Deliberante o por el pedido fundado de la simple mayoría de la
totalidad del cuerpo (Ocho Concejales).
Asimismo
el Reglamento Interno en su art. 78
sostiene que para la ejecución de Sesiones Extraordinarias deberán ser
convocadas por acuerdo del Concejo, por la Presidencia
del Cuerpo o a solicitud de los dos tercios de los miembros del cuerpo
(Diez Concejales).
Como
se aprecia de las normas citadas, surge con claridad meridiana que en ningún
caso habla que el Concejal que estuviera a cargo de la Presidencia del Cuerpo
puede llamar o convocar a Sesión Extraordinaria alguna, por lo que el llamado
para el día martes 27 de abril de 2010, carece de todo fundamento jurídico que
lo avale, ya que el Sr. Alberto Hipólito Despouy no es el Presidente del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis, sino
que estuvo momentáneamente a cargo del cuerpo, siendo este el Vicepresidente
Primero del Concejo que nos ocupa.
Las
normas citadas son categóricas, ya que nos hablan del PRESIDENTE DEL CONCEJO
DELIBERANTE quien tiene la facultad para convocar a Sesiones Extraordinarias,
en ningún momento se refiere al Presidente en Ejercicio, por lo que el Concejal
Alberto Hipólito Despouy al momento de llamar a la sesión que nos ocupa era el
Presidente en Ejercicio, pero su cargo es el de Vicepresidente Primero.
El
legislador y tal surge de la propia letra del Reglamento Interno, cuando se
quiso referir al PRESIDENTE EN EJERCICIO lo hizo expresamente y esto surge del
Art. 2 que dice: “la primera sesión
preparatoria será abierta por el Presidente en Ejercicio, . . . “,
presidente en ejercicio puede ser el propio Presidente del Cuerpo, como así
también el Vicepresidente Primero o Segundo en caso de renuncia, suspensión,
fallecimiento de los primeros.
Como
surge de los art. 151 de la
Carta Orgánica Municipal y el art. 78 del Reglamento Interno,
en ambas normas se refiere al Presidente
del Concejo; no habla del Presidente en Ejercicio, por lo que la
convocatoria realizada para el día 27 de abril de 2010, no resiste análisis
alguno, ya que carece de todo fundamento que la avale".