La Secretaria de Gobierno Silvia Rapisarda solicitó al HCD
la remisión de la grabación y la versión taquigráfica de la sesión. La
derogación del inciso e) del artículo 85 elimina al salario familiar como
concepto a liquidar.
Al respecto, la funcionaria aseguró que, según la norma
legal, la Municipalidad no debería pagar las asignaciones familiares ya que el
inciso e) del artículo 85 del Estatuto del Empleado Municipal, que establece
los conceptos que deben liquidarse conjuntamente con las remuneraciones, fue
derogado el pasado martes.
“Si leemos el artículo 5 de la presente Ordenanza nos
encontramos con que ordena derogar el inciso e) del artículo 85 eliminando al
salario familiar como concepto a liquidar en las próximas remuneraciones”,
afirmó Rapisarda.
Adhesión a la ley
provincial y nacional
Del mismo modo, se refirió a la adhesión que presenta la
nueva normativa, tanto a la Ley
Provincial de Asignaciones Familiares como a las prestaciones y beneficios
establecidos por la Nacional N° 24.714, señalando que no corresponde una
adhesión a dos regímenes teniendo en cuenta que el Poder Legislativo es quién
debe decidir la norma más favorable para los trabajadores.
“Probablemente esto haya sido extraído de una norma de
derecho de trabajo que establece que siempre debe aplicarse la medida más
favorable al trabajador pero todo juez, al momento de tomar una decisión, fija
una norma. Es imposible aplicar dos regimenes al mismo tiempo”, aseguró.
Finalmente, Rapisarda anunció que solicitó al Concejo
Deliberante la remisión de la grabación y la versión taquigráfica de la sesión
para tratar de entender cuál ha sido la voluntad de los legisladores.
Fuente: Prensa Municipalidad