El concejal de la oposición presentó un proyecto para que el
nuevo edificio sea construido dentro del ejido de la ciudad de San Luis
contrariamente a la iniciativa provincial, que propone que la construcción se
realice antes de llegar a Donovan.
En sus fundamentos el proyecto establece:
“Que la institución comunal es por definición constitucional
una unidad política, territorial, y sociológica, establecida para atender las
necesidades locales inmediatas.-Que el territorio no sólo configura el sustento
físico del municipio, el radio, o ejido donde se asienta su población, sino que
es el ámbito espacial dentro del cual,
el Municipio ejerce sus competencias legalmente establecidas y concreta de manera real y efectiva, su propia AUTONOMIA.
Que la autonomía municipal no es solo un concepto “emotivo”,
sino que debe ser comprendida y apreciada en su verdadera significación, pues
tiene un aspecto jurídico fundamental que comprende sus competencias
funcionales y que se despliegan dentro de su territorio; ello, a fin de servir
con eficacia, dinamismo, responsabilidad y economía a los intereses de su
población.
Que el emplazamiento de la Terminal fuera del ejido del
Municipio, implicaría, no solo la resignación de potestades y competencias
propias sino que además y sin dudas genera, conflictos de competencia en
relación a los controles sanitarios, poder de policía, atribuciones fiscales y
tributarias etc.
Que es un anhelo de todos los vecinos de la Ciudad de San
Luis, la construcción de la Terminal dentro de su propio ejido municipal. Ello,
no sólo para salvaguardar potestades propias de su competencia, sino también
para transformar al nuevo edificio, en un polo de generación de actividad
turística, comercial, social y recreativa.
Que la construcción de una nueva terminal de ómnibus,
constituyó un compromiso de la actual intendente municipal; el cual, obviamente
debe cumplirse dentro del ámbito de su
jurisdicción.
Que la Ciudad de san Luis, capital de la provincia de San
Luis, concentra gran parte de la actividad administrativa y sanitaria, por lo
que el movimiento de personas que utilizan éste servicio público, es muy
intenso y tiene como destino precisamente los edificios públicos existentes
dentro del ejido municipal de la ciudad de San Luis; a lo cual, cabe agregar la
actividad privada y, en particular, la
comercial por lo que constituye un imperativo institucional facilitar el
ingreso y egreso de los mismos de cada uno de los destinos buscados; lo cual, que
no se obtiene ubicando la terminal en un lugar alejado y fuera del éjido municipal, que obligaría a
impulsar un nuevo servicio de transporte (trasbordo) para trasladar a los
pasajeros hacia la ciudad de San Luis, aumentando notoriamente los costos.
Que el actual emplazamiento de la terminal de ómnibus,
resulta inapropiada para los rodados de gran porte que acceden a la misma que,
con motivo del crecimiento urbano, no sólo ven obstaculizado su rápido ingreso
y egreso, sino que afectan la normal
circulación vehicular dentro del principal núcleo urbano de la ciudad,
provocando riesgos hacia las personas que transitan por ella.
Que el éjido municipal de la ciudad de San Luis, es
suficientemente extenso con espacios suficientes para la construcción de la
nueva terminal de ómnibus; inclusive, en lugares cercanos a las principales
rutas de acceso a la misma.-
Que la Constitución Provincial en su articulo 258 inc 2, 3,
4,y 5 confiere expresamente a los Concejos Deliberantes, la facultad de dictar ordenanzas y
reglamentos respecto de servicios públicos, urbanismo, obras publicas,
transporte y comunicaciones urbanas de la ciudad”.